Pago de reparaciones por parte del arrendatario

Estamos por firmar un contrato de arriendo y hay cosas que nunca habíamos visto en uno que nos parecen extrañas y queremos saber si están bien, copiaré los extractos con los que tenemos dudas:
«El arrendatario se obliga a mantener en perfecto estado de funcionamiento las llaves de los artefactos, las llaves de paso, las válvulas y flotadores de los excusados, los enchufes, timbres he interruptores de la instalación eléctrica, el sistema de alarma, siendo su obligación repararlos o cambiarlos por su cuenta.

Debe también mantener la propiedad en perfecto estado de aseo y conservación, efectuando oportunamente, y a su costo, todas las reparaciones adecuadas para la conservación y el buen funcionamiento de la propiedad arrendada, tomándose en consideración el deterioro ocasionado por el uso y goce legítimo de ella. » Siempre en nuestros contratos anteriores los dueños corrían con estos gastos.

«El arrendatario se obliga a restituir el inmueble inmediatamente que termine este contrato, entrega que deberá hacer mediante la desocupación total de la propiedad, poniéndola a disposición del arrendador y entregándole las llaves, recién pintado y limpio. » Con todos nuestros contratos anteriores, si al desocupar el inmueble se requería algún arreglo como pintar, esto salía de la garantía dada en un comienzo, no como un gasto aparte.

Pamela Altamirano




Califica este Artículo:



Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *