Clausula de aceleración

La cláusula de aceleración es hacer exigible el total de una deuda como si estuviera vencida, no obstante existir plazos pendientes, por el no pago, retardo o mora en el pago de una o más de las cuotas en que se encuentra dividido el servicio de la obligación. Esta modalidad de anticipar el vencimiento de la obligación fija el tiempo inicial desde el cual debe contarse el plazo de prescripción.

Corte Suprema, 30 de abril de 2007. Casación en el fondo. “Jurisprudencia al día”, Año II N°64, semana del 18 al 24 de junio, página 887.




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Un comentario en Clausula de aceleración

  1. jose luis Dice:

    Estimados sres. me aplicaron aceracion de deuda a un credito hipotecario ,estando al dia, para cobrar un credito de consumo que tengo con el mismo banco.pero como el depto esta a nombre de mi sra, la demandaron por desposeimiento

    Esto es legal, que se puede hacer,favor quiero su opinion
    Atte jose luis rivas

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