Delito culposo

El delito culposo se caracteriza por la “previsibilidad de resultado dañoso”, o en otros términos, que el agente haya realizado el hecho que originó el acontecimiento sin haber prestado el cuidado o atención debidos.

Corte Suprema, 14 de marzo de 2006, casación en el fondo. Gaceta Jurídica, año 2006, N° 309, página 166.




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