Divorcio: Elementos para determinar compensación económica
De los antecedentes allegados al proceso, se desprende que la actora se dedicó al cuidado del hijo común durante la época de la convivencia matrimonial, debiendo por ello interrumpir la actividad remunerada que a la época de contraer matrimonio desarrollaba, lo que le provocó menoscabo económico en los términos que se ha señalado en el fundamento séptimo de la sentencia de casación, el que debe ser resarcido por concurrir en la especie los presupuestos legales para ello resultando, por ende, plenamente procedente la compensación demandada.
Corte Suprema, 5 de julio de 2010. Recurso de casación en el fondo acogido (Gaceta Jurídica (361): 117-127, julio, 2010)
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