El Agua Dulce ¿Derecho Humano o Mercancía?
El agua dulce, además de ser un recurso natural escaso, su potabilización requiere de un servicio público, y el acceso al agua potable debería ser un derecho humano, dado que constituye un elemento vital para la existencia del hombre.
El agua en todas sus formas es un bien común y su acceso debería ser un derecho humano fundamental e inalienable, dado que es un principio constitutivo de la vida en nuestro planeta, sirve para aliviar la pobreza, el hambre, y la enfermedad, y es crucial para el desarrollo económico. El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU calificó de derecho humano indispensable el acceso al agua, que debe ser considerada un bien social y cultural y no un producto básico de carácter económico. Danielle Mitterrand, presidenta de la asociación civil France Libertés y reconocida activista mundial por los derechos humanos, consideró que el agua debe dejar de ser tratada como una mercancía y convertirse en un derecho humano.
El agua no es mercancía por ende no debería a mi criterio formar parte del comercio, por ello no se debería discutir sobre agua en la O.M.C., el C.I.A.D.I. o en cualquier instrumento internacional como podrían ser los tratados de libre comercio e inversiones internacionales sobre reservas hídricas. Por ello se deben rechazar todas las formas de venta o privatización del agua, como recurso natural, debe ser siempre propiedad del Estado.
El 75% de la superficie terrestre están cubiertas de agua, pero gran parte de ella es de mar, y por ende salada, mientras que sólo un 4% es dulce y se la encuentran en ríos, glaciares o en acuíferos en el subsuelo terrestre. “El planeta cuenta al año 2007 con 6000 millones de seres humanos, en el 2025 se cree que serían 8000 millones de habitantes, y la cantidad de reserva de agua será la misma que tenemos hoy, esto significa que más gente deberá dividirse la misma cantidad de agua.
América del Sur cuenta con la cuarta parte de las reservas mundiales y sólo viven el 6 % de la población mundial, “de esta ecuación surge la respuesta del porque empresas europeas y norteamericanas compran tierras en esta parte del continente. La agricultura y la ganadería absorben el 70 % del agua dulce mundial, superando a la industria y a la producción de energía que representan el 20% y el consumo domestico se lleva el porcentaje que resta. Se necesitan 20.000 metros cúbicos de agua para producir una tonelada de carne vacuna y 1.500 metros cúbicos de agua para una tonelada de cereales”.
Es por ello que se debe pensar que el agua no es un recurso ilimitado y su consumo debe ser sustentable, es decir satisfacer nuestras necesidades presentes, pero sin comprometer las generaciones futuras; por ello mundialmente se lo conoce al recurso agua como “oro azul”. La contaminación del agua es uno de los grandes problemas ambientales en Argentina, que se agrava por la insuficiente infraestructura y el crecimiento demográfico.
Por ejemplo, en Buenos Aires en la cuenca Matanza Riachuelo viven un poco más de cinco millones de habitantes, de los cuales 55% no tiene cloacas, 35 % no tiene agua potable y 10% vive en villas. El nivel de contaminación en la cuenca baja es altísimo, producida principalmente por aguas residuales, ya sean industriales o cloacales, sin tratamiento, burbujeo de metano y desprendimiento de olores. Existen oficialmente 3.036 fabricas en la zona, de las cuales 65 son responsables del 80% de la contaminación industrial. Entre los metales tóxicos encontrados tenemos plomo en una proporción de 16 veces más que lo permitido.
En la zona existen 140 basurales, de los cuales 40 son clandestinos, ocupando en su conjunto unas 400 hectáreas, y afectando las napas de agua que consume el 35% de los habitantes que no cuentan con agua corriente o de red.
Quienes reciben agua de red, no siempre reciben agua potable. Un estudio de la Facultad de Agronomía de la Universidad Nacional de Buenos Aires demostró que en al menos cuatro municipios del Gran Buenos Aires Merlo, Moreno, San Miguel y Tres de Febrero, las empresas privadas, distribuían agua con altos contenidos de nitratos, muy superior al permitido por el Código Alimentario Argentino que lo fija en 45 miligramos por litro. Aguas Argentinas advertía en las facturas de diciembre de 2005 a sus clientes de Lavallol, Turdera y Temperley, todos dentro del partido de Lomas de Zamora, lo siguiente: “como precaución, se recomienda evitar la ingesta a embarazadas y lactantes menores de 6 meses”, es decir que no tomaran el agua que la misma empresa proveía o distribuía por el exceso de nitratos, lo que significa en criollo que ese agua por el cual se estaba pagando no era apta para consumo humano. Este incidente fue la gota que colmo el vaso, y el Estado rescindió la concesión del servicio a la empresa francesa Suez.
Los nitratos son nocivos para la salud porque transforman la hemoglobina, (una proteína que esta en la sangre encargada de llevar oxígeno a los pulmones) en metahemoglobina, y esto hace que no se pueda cumplir la función de oxigenar los pulmones y crea en la persona dificultades para respirar. Los nitratos no se disuelven hirviendo el agua, esto no sirve, por el contrario hace que se concentren.
Un estudio de la Universidad Nacional de La Plata detectó arsénico en aguas subterráneas de consumo de 31 ciudades bonaerenses, en mayor proporción que los permitidos, es decir 200 partes por billón, cuando los estándares nacionales son de 50 partes por billón y los internacionales de tan sólo 10 partes por billón. El consumo de arsénico en grandes cantidades es peligroso, ataca el ADN y es la causa de lesiones dermatológicas que pueden desencadenar en cáncer de piel. Entre los partidos afectados están General Villegas, Florentino Ameghino, Leandro Alem, Gral. Arenales, Rojas, Salto, Junín, Alberti, 9 de Julio, Baradero, Torquinst, Suipacha, Navarro, Mercedes, Bragado, San Vicente, Bransen, Chascomús, Maipú, Tapalqué, Gral. Alvarado, Carmen de Patagones, Tres Arroyos, Daireaux, Gral. Lamadrid, Rivadavia, Pellegrini, Adolfo Alsina, Puán, Saavedra y Medanos . También se encontraron arsénico en aguas subterráneas de las provincias de Córdoba, Santa Fe, Chaco y Santiago del Estero y fluor en el sudeste de Buenos Aires y La Pampa.
Las autoridades de Misiones presionan sin éxito para que una empresa de celulosa no arroje residuos tóxicos sin tratar al río Paraná, donde se forma una maloliente espuma, y no hay que olvidarse que de esas aguas se abastecen muchos pueblos y ciudades. Algo parecido puede pasar con la radicación de plantas de celulosa sobre el río Uruguay. La contaminación de ríos producto de la actividad minera es otro serio riesgo de enfermedad y muerte en nuestro país. Por último, en la costa del partido de Berazategui, en la Provincia de Buenos Aires existe una gran mancha sobre el Río de la Plata de más de un kilómetro y medio de ancho, y esto es el producto de arrojar diariamente al río casi un millón de metros cúbicos de desechos cloacales e industriales, con un tratamiento primario y muchas veces sin ningún tipo de tratamiento previo.
La falta de educación agrava más esta situación, dado que aunque esta prohibido, muchas personas se bañan en el río y hay barcos que se internan a pescar en la zona cercana a la mancha lo que produce un riesgo sanitario permanente.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación se pronunció en 1887 en “Saladeristas Podestá c/ Provincia de Bs. As.”. Dijo el Tribunal: “Ninguno puede tener derecho adquirido en comprometer la salud pública y esparcir en la vecindad la muerte y el duelo con el uso que haga de su propiedad, y especialmente con el ejercicio de una profesión o de una industria” “La autorización de un establecimiento industrial siempre está fundada en una presunción de inocuidad”. A raíz de este fallo surgió la ley nacional 2.797 de 1891, todavía vigente, que prohíbe el vertido al río de aguas cloacales y líquidos nocivos sin haber sido sometidos previamente a un procedimiento de purificación. Deberíamos tener en cuenta que el agua no pierde jamás su condición de bien público; su contaminación lesiona no sólo el interés común, sino también el orden social.
Es necesario que comience cuanto antes la prometida construcción de la planta depuradora de aguas cloacales, que María Julia Alsogaray, siendo funcionaria del área ambiental, había postergado hasta el año 2018. El Estado debe ejercer el poder de policía, mediante el control y el dictado de normas que impongan a las industrias nocivas la preservación del recurso agua, mediante premios y castigos. No debemos esperar otro “República de Cromañon”, con relación a la muerte de dos centenares de personas por falta de control por parte del Estado.
Se hace necesario profundizar la aplicación de sistemas de derecho privado para optimizar la prevención del daño ambiental. El derecho es un instrumento de control social; es un mecanismo que nos permite conducir el comportamiento social, de allí la necesidad de normas que introduzcan estas conductas. En tal sentido son necesarios mecanismos de socialización de daños, sistemas de seguro forzoso indemnizatorios, el establecimiento de fondos de garantía para remediación de daños, entre otros mecanismos respecto de los que corresponde profundizar su aplicación. Se requiere una gestión sustentable y la preservación del ciclo del agua mediante el ordenamiento del territorio y la conservación de los ambientes naturales. Ninguna medida haría más por reducir las enfermedades y salvar vidas en los países en desarrollo que facilitar un acceso general al agua potable y a los servicios de saneamiento .
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