Filiación no matrimonial

La ley autoriza expresamente al hijo para dirigir la acción de reclamación en contra de los herederos del presunto padre si este fallece antes de la demanda y para continuarla en su contra, si el deceso tiene lugar en el curso del juicio.

Esta interpretación se refuerza si se tiene presente que el artículo 318 en su actual redacción, resolvió el problema de la multiplicidad de herederos al disponer que el fallo pronunciado en favor o en contra de cualquiera de los herederos aprovecha o perjudica a los herederos que citados no comparecen .

Corte Suprema, 21 de septiembre de 2006. Casación en el fondo. Fallos del Mes, N° 537, citado pág. 2339.




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