Lesión enorme
El vendedor sufre lesión enorme cuando el precio que recibe es inferior a la mitad del justo precio de la cosa que vende. En consecuencia, acreditado que el precio del inmueble no ha sido pagado por el comprador, el vendedor no ha recibido el precio de la venta, como lo exige el legislador para intentar la acción de lesión enorme, por lo que ésta debe ser
rechazada. (Hay voto de minoría)
Corte Suprema, 14 de marzo de 2007. Recurso de casación en el fondo. “Jurisprudencia al Día”, año II. N° 52, página 692.
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