Ley de Arriendo: Modelo de contrato de arriendo
- Don O, mayor de edad, con C.N.I O, con domicilio en calle O, de una parte; y Don O, mayor de edad, con C.N.I. O, con domicilio en calle ( ), de otra, acuerdan celebrar un CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE PROPIEDAD, atendiendo a las siguientes:
CLAUSULAS DEL CONTRATO DE ARRIENDO
Que Don O, arrendador, es propietario de la vivienda siguiente (describir) que se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad de (), con el número O del Libro (). - A través del presente contrato de arriendo el arrendador cede en arrendamiento la casa descrita a Don (), arrendatario, para satisfacer la necesidad permanente de vivienda de éste.
- El arrendamiento tendrá una duración de O años a partir de la fecha de celebración del presente contrato, en la que se pone al arrendatario en posesión de la vivienda y de las llaves de acceso a la misma.
- El precio del arrendamiento será de O mensuales, actualizándose la renta anualmente conforme al IPC.
- En el plazo de los siete primeros días de cada mes, el arrendatario deberá ingresar la renta mensual en el número de cuenta () que Don () tiene abierta en la Entidad Bancaria (), sucursal (). O en su defecto entregar el monto de arriendo directamente al arrendador, luego de la firma del recibo de arrendamiento respectivo.
- El arrendatario deberá usarla vivienda arrendada en forma responsable y respetuosa, destinándola al uso pactado (arriendo)
- El arrendador está obligado a realizar todas las reparaciones necesarias a fin de conservar la vivienda en estado de servir para el uso al que ha sido destinado, sin tener derecho a elevar la renta por ello, así como a mantener al arrendatario en el goce pacífico del arrendamiento por todo el tiempo del contrato.
- El arrendador y el arrendatario podrán pedirla rescisión del contrato y la indemnización de daños y perjuicios cuando la otra parte incumpla sus obligaciones, o bien sólo esto último, dejando el contrato subsistente.
- El arrendatario podrá desistir del contrato, preavisando al arrendador con una antelación mínima de () meses,e indemnizándole con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año el contrato que reste por cumplir, dando lugar los períodos de tiempo inferiores al año a la parte proporcional de indemnización.
- El arrendatario debe devolver la vivienda, al concluir el arriendo, tal como la recibió, salvo lo que hubiese perecido o se hubiera menoscabado por el tiempo o por causa inevitable.
- En cuanto a la cesión del contrato y subarriendo quedan prohibidos para el arrendatario.
- El arrendatario entrega en este acto la cantidad correspondiente a () meses de renta, en concepto de fianza o mese de garantía, suma que deberá devolverse en el plazo de un mes a contar desde el dia en que es devuelvan las llaves al arrendador
- Tendrá lugar la resolución de pleno derecho del contrato, cuando el arrendatario incumpla su obligación de pago de la renta, así cuando tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas, y cuando se incumpla por parte del arrendatario lo dispuesto en los incisos del presente contrato
- En el caso de fallecimiento del arrendatario se subrogará en el contrato de arriendo su cónyuge, Doña (), sin que el arrendamiento quede extinguido.
- El presente documento podrá ser elevado a documento público notarial e inscrito en el Registro de la Propiedad, en su caso, a instancia de cualquiera de las partes, corriendo por cuenta de ésta los gastos que ello ocasione.
- En todo lo no dispuesto en el presente contrato de arriendo, se asumirá con parte integral de éste, lo dispuesto en la Ley de Arriendo N° 19.866.
- Para cualquier problema acerca del cumplimiento de este contrato, se someten ambas partes a la Jurisdicción de los Tribunales de O, renunciando expresamente al fuero propio.
Dando fe, firman las partes el presente CONTRATO DE ARRIENDO, por duplicado, constando cada ejemplar de () folios por una sola cara. En la ciudad de X.
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7 Comentarios en Ley de Arriendo: Modelo de contrato de arriendo
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Al fallecer mi abuelo otras personas se adueñaron de su casa i la incribieron en el conservador hace dos años
Tengo posibilidades de recuperarla??
Estimados buenas tardes, cuando se firma un contrato de arriendo con término de fecha, y los arrendatarios no se retiran, puede un juez darle más meses (hasta 6), si existe un contrato entre las partes que existía un término de arriendo.
la ley dice Los contratos de arriendo a plazo indefinido, lo que son de mes a mes y aquellos a plazo fijo que no excedan de 12 meses contemplan plazos de graciamenos 12 meses, da gracias o más término, entonces se debería hacer un contrato x 13 meses para que no sucedan estos casos y se respete lo acordado?
que piensan de ésto?
siempre es bueno ver otras partes para resolver
buenas tardes.
existe alguna ley que indique que solo se puede pagar el 30% del sueldo en arriendo. muchas gracias
Espero que me puedan ayudar ya que llevó aproximadamente casi un mes arrendando una casa en la comuna de longavi en callejon san pedro no tengo mas información del domicilio ya que ni siquiera me han mostrado algun recibo de luz ni agua el mes de arriendo lo pagué en el mes de diciembre el día 6 de dic.2017. Y a mi recien me pasaron las llaves de la propiedad el día 5 de enero del 2018 me cambie el día 7 del presente mes y el día 8 me llaman para preguntar si ya tenia el deposito del mes a lo cual respondi que no ya que eso estaba canselado desde el 6 de diciembre ya que la casa no estaba habitable en el mes de diciembre ,no se había ocupado la propiedad antes de enero lo cual le molesto mucho y No QUIEREN HACER CONTRATO DE ARRIENDO que puedo hacer necesito AYUDA por favor gracias
Hola.
Quería consultar por el mes de garantía.
Yo avise con anticipación que me iba del domicilio. El dueño vino a revisar la casa y cuando le entregue las llaves el dijo que se iba a demorar dos semanas en devolverme la garantía.
Yo me fui del domicilio entregando la casa en buen estado y tal cual el me entregó a mi. Con las cuentas pagadas a su tiempo.
Ahora el no quiere devolver la garantía porque según el la casa esta muy dañada. Que tuvo que mandar arreglar la alfombra. Que tuvo que reponer las ampolletas. Que había un hoyo en la alfombra. Que las paredes estaban sucias. Etc. Y cuando la entregue estaba todo ok. Que se hace en esa caso. Porque el está sacando provecho de cualquier cosa para no devolverme el mes de garantía de la casa. Inventando cosas para poder arreglar bien su casa a Costa de mi dinero.
Donde puedo demandarlo y que debo hacer para que el no se aproveche. Yo arrende en la Serena y me vine a vivir a stgo. Y ahora el puso que estaba todo sucio y que no va a devolver la garantía. Porque tiene que mandar a pintar la casa y a poner una alfombra nueva.
Necesito asesoría.
A quien corresponda:
Agradeceria contestar las siguientes preguntas:
¿Puede la corredora de propiedades aumentar $35.000 el arriendo?
¿ Al no aceptar, pueden ellos poner termino a mi contrato y solo darme 2 meses de aviso?
Muchas Gracias!
Buenas tardes.
Me gustaría hacer las siguientes preguntas:
¿Cuáles son mis derechos como arrendataria si la propiedad se vende?
¿Me deben notificar con una carta certificada del cambio de dueño?
El nuevo dueño puede subirme el arriendo inmediatamente?
Si me quiero ir porque el antiguo contrato ya no tiene validez con el nuevo dueño, ¿cuánto plazo tengo para dejar el departamento sin que me suban el arriendo?
Muchas gracias.