¿Por qué es importante la Previsión para el País y para las Personas?

La vejez, junto con la niñez, son las etapas de la vida en las cuales un individuo tiene menos posibilidades de generar recursos mediante su participación en el mercado de trabajo. Por esta razón, la previsión social es sumamente importante ya que permite que la sociedad resuelva un problema esencial del ciclo de vida de las personas.

Chile es un país que está envejeciendo. En la actualidad, la población mayor de 60 años bordea los dos millones de personas. Producto del mejoramiento de las condiciones de vida en el país y de los avances en salud, estas cifras seguirán creciendo. Se estima que para el 2020 la esperanza de vida de las mujeres será de 83 años, mientras que la de los hombres será de 77 años, lo que va a representar un 17% de la población total.

La pregunta, entonces, es cómo se vivirán estos años adicionales: una vejez autónoma o una ancianidad desvalida van a depender de los recursos personales, institucionales y patrimoniales que las personas fueron capaces de acumular a lo largo de su vida.

Y precisamente a través de la previsión -de los sistemas previsionales- la sociedad construye mecanismos para proveer ingresos en la vejez, evitando un deterioro de la calidad de vida cuando las personas son más vulnerables.

El objetivo del Estado es minimizar el riesgo de la pobreza en la vejez y transformar a las pensiones en una retribución justa al aporte de las personas a la sociedad. Para hacer posible esto, es necesario un mayor compromiso contributivo de las personas a lo largo de su período activo en relación a su capacidad económica, de los administradores del sistema y del Estado como garante de los derechos previsionales y de la eficiencia del sistema.

La Constitución Política de Chile establece en su artículo 19 el derecho a la seguridad social, consagrando principios como los de universalidad y equidad de los beneficios; financiamiento al menos parcial mediante cotizaciones obligatorias y responsabilidad del Estado en la garantía del derecho constitucional.

El esfuerzo personal de ahorro en el periodo activo es determinante, entonces, para las pensiones futuras, y para contribuir a que ningún chileno quede fuera del sistema de protección social. La Reforma Previsional promueve un nuevo acuerdo social, que busca que cada persona, más allá del nivel alcanzado y de las oportunidades que haya tenido en su vida laboral activa, cuente al final de su vida con un nivel de ingresos básicos, un mínimo social garantizado que asegurará una vejez más digna y que se configura como un derecho asegurado por el Estado.

El paquete de medidas, productos previsionales y cambios introducidos por la Reforma Previsional, que afectan direc=amente a los Discapacitados, son:

Perfeccionamiento de las Pensiones de Invalidez:

  •  Se termina con las reevaluaciones en casos de invalidez total.
  • El afiliado cubierto por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia podrá contar con los servicios de un médico, sin costo para él, que lo asesore y acompañe en el proceso de evaluación y calificación de invalidez
  • Se establece compatibilidad entre los beneficios del sistema de pensiones solidarias con los ingresos provenientes del trabajo: los beneficiarios de pensiones básicas solidarias de invalidez o aportes previsionales solidarios de invalidez mantendrán el beneficio aunque comiencen a percibir remuneraciones o rentas por una actividad laboral

¿Cómo puede uno saber si le corresponde o no la PBS u otro beneficio del Sistema Solidario?

El Instituto de Previsión Social administrará el sistema solidario. En especial, le corresponderá conceder los beneficios que éste contempla, extinguirlos, suspenderlos o modificarlos, cuando proceda. Por lo tanto, los nuevos beneficiarios del Sistema Solidario, es decir aquellos que actualmente no reciban una PASIS, deberán acercarse a los Centros de Atención Previsional Integral, con su carné de identidad para hacer las consultas del caso y, eventualmente, presentar su solicitud.

Adicionalmente, para saber si uno es un potencial beneficiario, se utilizarán otras redes complementarias como municipios, consultorios de salud u otros servicios en los que se entregará información, orientación y derivación (IOD). También habrá disponible un call center y una página web para consultas (www.reformaprevisional.cl).

Asimismo, los afiliados al sistema de pensiones de AFP, podrán presentar sus solicitudes para acceder al sistema de pensiones solidarias ante la administradora de fondos de pensiones a la cual se encuentren afiliados, la que deberá remitirlas al Instituto de Previsión Social para que resuelva sobre la concesión y pago de los beneficios que otorga dicho régimen.

Las personas mayores de 18 años que actualmente reciben una Pensión Asistencial (PASIS) automáticamente serán beneficiarias de la PBS, a partir de julio de 2008.




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