Reglas de la sana crítica, juicio laboral

Corresponde a atribuciones privativas de los jueces del fondo apreciar la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, respecto de lo cual ellos son soberanos, por lo que no corresponde su control por la vía de la casación en el fondo, a menos que en la determinación de tales hechos se hayan desatendido las razones simplemente lógicas, científicas, técnicas o de experiencia, en cuya virtud ha correspondido asignar valor o desestimar la eficacia de esas probanzas.

Corte Suprema, 14 de diciembre de 2005. Casación en el fondo Gaceta Jurídica año 2005. Diciembre, N° 306, página 288.




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Un comentario en Reglas de la sana crítica, juicio laboral

  1. leandro Dice:

    Necesito realizar una consulta:hace tres años que realice un juicio laboral por despido injustificado y hace unos meses que se dicto sentencia por el mismo y la justicia ordeno a la parte demandada a pagar por el valor que imponía la parte demandante, pero estos se negaron a pagar y se procedió al embargo. Yo quiero saber si cuando se realiza el embargo se lo hace por el mismo monto que imponía la parte demandante o por un monto mayor a este.

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