Abandono de sitio arrendado
Un arrendatario hizo abandono de un sitio arrendado con autorización para construir una oficina que al término del contrato debió haberse retirado tal como se estipula en el contrato en una de sus cláusulas. La oficina es de propiedad del arrendatario.
Se da el caso que se abandono el sitio y dejaron la oficina propiedad del arrendatario ocupando el sitio durante 6 años sin pagar arriendo y causando el perjuicio de no poder vender ni arrendar el sitio aludido.
No han acreditado aviso de término de contrato ni han acreditado pago de arriendos durante todo ese tiempo como también huyeron y se cambiaron sin tener salvoconducto de ninguna especie y sin autorización legal de juez competente cortaron candados descerrajando puertas y ventanas con el fin de llevarse todo lo contenido en su interior.
Todos estos hechos fueron reconocidos ante funcionarios del MOP en informes legales que obran en mi poder. Quiero saber a qué ley me puedo acoger para mi defensa o en cual código puedo ver su interpretación.
Hernán
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