Abogados Especialistas en Divorcios

La Ley de Matrimonio Civil, también llamada «Ley de Divorcio», considera tres categorías distintas de divorcio en Chile, de acuerdo a sus causales y consecuencias.
El divorcio es la causal de término del matrimonio válidamente celebrado, que declara el juez, a petición de uno o ambos cónyuges, cumpliendo con los requisitos legales y transcurrido el plazo previsto en la ley.
El divorcio desintegra por completo el vínculo matrimonial dejando solamente subsistente los derechos y obligaciones que los padres tienen respecto a los hijos.
Divorcio acordado o de acuerdo muto
El divorcio acordado es el más fácil y rápido de resolver con el menor perjuicio posible para ambas partes, además de un costo económico considerablemente más bajo. Los abogados pueden resolver este tipo de juicios de divorcio en pocas semanas, dependiendo de los acuerdos que existan entre los cónyuges. Para hacer efectivo el divorcio acordado, la ley exige que marido y mujer hayan estado separados, es decir, cesado la vida en común (cese de convivencia) durante un período mínimo de doce meses. Existen distintas maneras de verificar y validar frente a los tribunales de Familia la fecha de separación de los cónyuges.
El divorcio de común acuerdo considera como requisito ineludible que ambos cónyuges están de acuerdo en divorciarse y en los temas de tuición, régimen de visitas y pensión de alimentos relacionados con los hijos menores de edad que puedan tener dentro del matrimonio. Esto por lo general requiere que los puntos de vista entre ambas personas no sean muy distintos y que las relaciones de comunicación entre la pareja no se han distorsionado. También puede haber acuerdos de compensación económica o de distinta índole si es que los cónyuges así lo acuerdan.
Las ventajas de un divorcio acordado o divorcio amistoso radican en que el proceso judicial se vuelve más simple, es más rápido (se evitan apelaciones) y tiene un costo económico menor para ambos, dados que las horas facturables de los abogados son reducidas en cantidad y acotadas a su participación y asesoría. En algunos casos incluso es innecesario que una de las partes contrate a su propio representante, puesto que al existir acuerdo pleno entre las partes un sólo abogado basta para realizar la tramitación correspondiente en los tribunales de familia.
Divorcio culposo
Una variante del divorcio unilateral o sin acuerdo, es el divorcio culposo (por ejemplo en caso de infidelidad o maltratos) que se produce cuando existe una violación grave de los deberes y obligaciones que les impone el matrimonio, o de los deberes y obligaciones para con los hijos, que convierta en intolerable la vida en común. En estos casos no es necesario esperar 3 años de separación y la ley enumera algunos ejemplos de conductas que se enmarcan dentro de esta figura:
- Atentado contra la vida o malos tratos contra el cónyuge o alguno de los hijos.
- Infidelidad.
- Abandono.
- Condena por delitos contra las personas.
- Conducta homosexual.
- Alcoholismo o drogadicción que constituya un impedimento grave para la convivencia armoniosa entre los cónyuges o entre éstos y los hijos.
- Tentativa para prostituir al otro cónyuge o a los hijos.
El inconveniente del divorcio culposo está en la demostración de los hechos imputados, ya que estas causales deben acreditarse mediante pruebas irrefutables o indicios claros en el transcurso del juicio.
Divorcio unilateral o sin acuerdo
El divorcio unilateral o sin acuerdo, implica que uno de los cónyuges se opone al divorcio. Para ejercer la acción de divorcio unilateral la ley exige que los cónyuges hayan estado separados (cesado la convivencia) durante a lo menos tres años.
Importante
- El juzgado que corresponde conocer el juicio es siempre el del domicilio del demandado, o de cualquiera de los cónyuge si es divorcio de mutuo acuerdo.
- En los divorcio de mutuo acuerdo hay que acompañar un acuerdo que regulen los regímenes de visitas, tuición, alimentos y en su caso regular también los bienes, esto en el caso de que los cónyuge estén casados en sociedad conyugal.
- La compensación económica consiste en la indemnización que la mujer o también el hombre, que no pudo trabajar durante la convivencia por dedicare al matrimonio o a los hijos, le pide al juez, para que condene al otro cónyuge a pagársela en dinero.
Validación de sentencias de divorcio extranjeras / Exequator
El proceso de validación de la sentencia obtenida en el extranjero implica tramitar un exequator ante la Corte Suprema chilena. Esto es un proceso en el cual se solicita que se tenga por reconocida en Chile dicha sentencia de divorcio obtenida en otro país.
Compensación Económica
La compensación económica es una institución creada por el legislador para proteger al «cónyuge más débil» que sufrió un menoscabo económico por no haber podido trabajar o haber trabajado menos, por haberse dedicado al cuidado del hogar o de los hijos comunes.
Separación Judicial
La ley de matrimonio civil, establece la separación judicial, que podrá ser invocada por un cónyuge en caso que el otro incumpla gravemente los deberes y obligaciones que impone el matrimonio y los deberes y obligaciones para con los hijos. También podrá ser solicitada al tribunal por cualquiera de los cónyuges o por ambos cuando haya cesado la vida en común.
En este caso, ambos cónyuges adquirirán el estado civil de separado, lo que no los habilita para volver a contraer matrimonio (es decir, no se disuelve el vínculo). Esta condición será inscrita en el Registro Civil. Previo a este paso, el juez debe resolver los efectos patrimoniales y jurídicos de la pareja, con especial resguardo del interés superior de los hijos, si éstos existen. Con la separación judicial terminan los deberes de cohabitación y fidelidad, que se suspenden.
Notificación de Cese de Convivencia Acta de Cese de Convivencia
La relevancia que tiene la preparación del divorcio, desde un punto de vista legal y judicial, es que una vez que se le ha dado fecha cierta a la separación ya se tiene un antecedente preparado para demandar el divorcio posteriormente ya que las causales comunes de divorcio exigen que no haya habido convivencia por más de uno o tres años.
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4 Comentarios en Abogados Especialistas en Divorcios
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HOLA MI NOMBRE ES AIRINE, CASADA CON SEPARACIÓN DE HECHO, Y SEPARACIÓN DE BIENES QUE SE HIZO AL MOMENTO DE SEPARARME EN LA MEDIACIÓN. MI ESPOSO TIENE UNA RENTA VITALICIA HACE ALGUNOS AÑOS COMO JUBILACIÓN, LA CONSULTA MÍA ES EN EL CASO DE QUE EL MUERA, ME QUEDA PENSIÓN DE VIUDEZ A MI COMO ESPOSA, PORQUE NO LO HEMOS SEPARADO LEGALMENTE. SOLO TENEMOS SEPARACIÓN DE BIENES Y EL TIENE UN COLECTIVO A SU NOMBRE QUEDAN MIS HIJOS COMO HEREDEROS (TENEMOS 2 HIJOS UNO DE 37 AÑOS (MUJER) Y OTRO DE 30 AÑOS (HOMBRE).
EL ACTUALMENTE VIVE CON SU PAREJA HACE COMO 15 AÑOS DE ESO.
ESTAN SON MIS CONSULTAS.
AGRADECIDA.
Necesito informacion sobre k me corresponde por 16 años de matrimonio con dos hijos donde solo trabaje por 5 años y el resto cuide mi familia.
Deseo hacer una demanda por alimentos
Necesito divorciarme y solicitar una compensación economica, ya que me dejo endeudada.
Atte.
Pamela