Arriendo de marzo a diciembre a través de corredora de propiedades

Llegamos a un departamento a través de corredora de propiedades junto a otra persona con la cual íbamos a arrendar el departamento con modalidad marzo a diciembre Y pagaríamos los gastos juntos. Hicimos la visita al departamento y finalmente concretamos, este era a través de corredora de propiedades.

Nos hicieron depositar el honorarios por corredora que correspondía al 50% del valor de arriendo, en este caso eran $200.000, el depósito fue a la cuenta de la agencia de corretaje. Se suponía que nos quedaríamos ahí, sin embargo semanas después la persona con la cual arrendaría, me avisa que había comprado un departamento por lo tanto, se iría a vivir al que compro y ya no al cual habíamos reservado con la corredora, quedando nosotros en el aire y a pocos días de empezar a usarlo, lo cual me dejó sin lugar dónde vivir y en estos momentos difícilmente encontraba algo y alguien para arrendar.

Nos comunicamos con la corredora para contarle lo sucedido y ahí nos damos cuenta que la otra persona ya había avisado y sin decirnos nada a nosotros, la corredora nos dice que no nos devolverá el dinero depositando anteriormente que correspondía a honorarios de la corredora, mi intriga es si es legal que no nos devuelvan ese dinero ya que $100.000 no dejan de ser menor a estas alturas, cuando debes pensar en otro arriendo, en la llegada del período universitario y escolar para una familia. Cabe destacar que no hubo contrato de por medio antes del aviso de que ya no arrendaríamos, es legal que la corredora no nos devuelva ni siquiera un porcentaje de este dinero? El contrato no se firmó, ni se hizo uso del departamento.

Rocío Fernanda Díaz Herrera




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