Arriendo de propiedad urbana

Arriendo un departamento por plazo fijo de 6 meses que se renueva automáticamente en agosto- marzo de cada año a menos que una de las partes decida poner termino enviando una carta o aviso notarial hasta con 30 días de anticipación al vencimiento del período pactado La consulta es, puedo ponerle termino anticipadamente, es decir, vence en marzo, lo puedo terminar ahora en diciembre?

Otra cosa una de las cláusulas establece que si se demora más de días en pago de la renta, dará derecho a la arrendadora para hacer cesar inmediatamente el arriendo en la forma prescrita por la ley. En entonces mi consulta es… ¿Cuál es esa forma? ¿Cómo acredito el retraso en el pago del arriendo? Es preciso una demanda judicial ello? ¿Si hago uso de esta facultad que plazo tiene mi arrendatario para hacer abandono de la propiedad?
Que debo hacer para ello?

Mary




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Un comentario en Arriendo de propiedad urbana

  1. Olga Jerez Dice:

    Estimados, mi situación es la sgte: yo arriendo un dpto. hace 2 años 5 meses. El contrato se firmó por 13 meses, renovándose automáticamente por el mismo período. En este se estipula que cada 3 meses el valor de arriendo se ajusta de acuerdo a IPC. Sin embargo, hace una semana me llegó un correo de la corredora de propiedades en el que se manifiesta que hicieron un estudio de mercado y los precios han subido en el sector, por lo cual subirán el precio de mi arriendo a partir de la próxima fecha de pago: $10.000 cada 3 meses durante un año, el que volverá a ajustarse de acuerdo a IPC luego de ese plazo. Mi duda es si ellos pueden realizar esta modificación del contrato y si es así, si corresponde el cambio de valor que no corresponde al reajuste del IPC, tal como se detalla en el contrato. Espero me puedan guiar, por favor. Muchas gracias.

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