Bienios a los asistentes de educación
Soy una persona que trabaja en un pueblito llamado Huara, como asistente a la educación. Mi pregunta es si me corresponde que me paguen bienios por año de servicio. Necesito saber ya que nosotros somos 22 asistentes a la educación y hemos sabido que en otras escuelas cercanas a mi pueblo los pagan cada dos años que cumplan. Llevamos tantos años peleando por bonos que llegan y nunca los dan a la hora, tenemos que esperar que los den cuando ellos lo quieran.
A mi me pagan por la municipalidad, me pagan zona extrema, pero descubrimos que también pagaban bienios. Nosotras no estamos enteradas de eso, quiero saber si es retroactivo, si me corresponde, ya que llevo 15 años en un liceo. Además quiero saber cuánto es el valor de la zona extrema para la primera región, ya que a mí me pagan $180.000, pero también supimos que corresponden $240.000.
Marta
Califica este Artículo:
11 Comentarios en Bienios a los asistentes de educación
Deja una respuesta




trabajo en colegioparticular subvencionados sin fines delucro y quiero saber si nosotros como inspectores tenemos derecho a bienios
Buenas noches.
Soy asistente de la educación. Profesional de trabajo directo con los niños. Tengo contraro indefinido y no me pagan los bienios. Existe normativa al respecto?.
Gracias por su ayuda.
Mi consulta es, siendo funcionarios de administración publica, específicamente asistentes de la educación, porque no tenemos derecho a carrera funcionaria como si se da en salud.
Gola tengo una duda si estoy con postnatal tengo dercho a la ley 19464 por favor
Hola mis preguntas son, a los asistentes de la educación de municipalidades,le corresponde que le paguen bienios. Y lo otro le pueden los DAEM o DEM, rebajar el monto de la ley 19464. ¿y porqué?.
Atentamente
Candelaria
Igual necesito saber si tenemos derecho y q artículo y ley trata de el pago de bienios de los Asistentes de la Educación.Pertenezco a una Corporación Municipal.Gracias.
Me contrataron en 1997, en 1999 pasé a planta en un colegio. Todos los demás asistentes reciben bienios y a mi me dijeron que por ser profesional no tenía derecho. Hace unos 3 ó 4 años atrás me informaron que sí tenía derecho a recibir bienios, pero que no había firmado un anexo de contrato que lo especificaba. Les dije que nadie me informó de tal procedimiento, por lo que era imposible saberlo. ¿ Qué hago , si recién ahora admiten que podría haber recibido ese beneficio si hubiera firmado tal anexo ? ¿ La negligencia no fue de ellos al ocultarme tal información en su momento, discriminándome y decidiendo arbitrariamente para no recibir bienios? Ya una vez en un mes , hace varios añosme dieron el equivalente a 5 bienios y luego de 2 meses me hicieron reintegrar el $$ ; frente a esto me dicen que el tiempo de alegar ya pasó y perdí. Fui a contraloría y esta determinó que se congelaran todos los bienios de los asistentes que estaban contratados hasta el 2009, y que yo no tengo derecho a percibir bienios porque no tengo firmado ese anexo. Necesito vuestra orientación, me sería de gran utilidad. Gracias
mi consulta igual es referente a los bienios, solo que yo llevo 5 años trabajando para el DEM y mi contratos son a plazo fijo ( de abril a diciembre)y un año que fue con boleta y otro que se alargo hasta febrero…bueno aparte de todas las irregularidades,no cancelan los bienios si tu no los cobras,nos deben un dinero segun la ley de los asitentes que es de un bono, y nadie lo va a dar a conocer por miedo y amenaza para trabajo del proximo año, ya no se q hacer ni a quien acudir…no se si arriesgarme o no…bueno espero su respuesta ,gracias
Me encuentro en las mismas condiciones, ademas me dicen que hay una ley que dice que los pagan solo si fuiste contratada(o) hasta el 2009, necesito saber que si esto es cierto, agradecería la ayuda
la situación es similar a la que expone la señora de Huara sobre el pago de asignaciones bienios o antigüedad u otro beneficio que pudiere recibir un trabajador regido por la ley Nº 19.464 que labora en los colegios llamados hoy asistentes de la educación, ademas de saber que estamos regidos por el codigo del trabajo en general y ahi el articulo Nº10 inciso 7º habla sobre esta materia. podrian ustedes clarificarnos la legalidad de el pago de los beneficios acordados y la factibilidad de reclamar bienios por antiguedad en el servicio.
muchas gracias
hola me encuentro con la misma inquietud espero poder comunicarme contigo mi mail