Cláusula de arrendamiento para evitar embargos

Mi padre tiene una propiedad ubicada en los andes, Valparaiso, Chile.

Actualmente quiere arrendarla por lo que estoy haciendo el contrato de arrendamiento. Pero tengo una duda con respecto a futuros embargos que puedan acarrear los nuevos arrendatarios. Por lo que quiero agregar una cláusula para evitar que los futuros arrendatarios suscriban cuentas bancarias personales con deudas de creditos de consumo o cuentas con casas comerciales, etc.

A fin de evitar que al momento de dejar la propiedad queden deudas judiciales y/o ordenes de embargo.
Es posible agregar ese tipo de cláusulas en un contrato de arrendamiento.?

La casa por la cual estoy haciendo mis consultas esta comprada por intermedio de leasing habitacional, actualmente se sigue pagando y no esta a nombre de mi padre (hasta el utlimo pago del leasing).
Al momento de comprarla mi papá estaba casado en sociendad conyugal con mi madre. Mi madre también puso dinero en la propiedad al momento de firmar el contrato con la empresa que otorgo el leasing.

El año 2013 mis padres se divorciaron y con respecto a la casa, el juez que otorgo el divorcio no agrego la casa en discusión ya que aún no esta a nombre de mi padre. Por lo que se entiende que al momento de quedar pagada esta pasara a nombre solo de mi padre y mi madre no tomara parte de dicha propiedad.

Mi consulta es… ¿Existe una ley que mi madre se pueda acoger para ser parte de esa casa?
Además ella fue el Serviu y actualmente ella no puede tener ningún tipo de subsidio, ya que este ya fue cobrado (como matrimonio) a momento de adquirir esa casa.
¿Se puede hacer algo por ella ya que mi padre la quiere vender? (pagando parte de ella con la venta y la diferencia quedársela).

Paula




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