Cobro derechos de llaves a departamentos sociales
Pertenezco al comité de administración de mi condominio y me comentan los nuevos copropietarios que les están cobrando derechos de llaves de 5 UF. Somos un condominio de departamentos catalogados como vivienda social, ¿es legal que se cobre bajo ese concepto? Si es así ¿porqué cuándo se lo hemos solicitado al administrador, éste no nos lo hace llegar y tampoco nos informa? Estos montos, ¿deben estar en una cuenta corriente a nombre de nuestro condominio?
Además, a los copropietarios antiguos nos cobraron un monto de $ 10.000 y nos indican que ahora nos cobrarán la diferencia. Según nos comentan los nuevos copropietarios, este monto es para un fondo para apalear gastos por contingencias o para la compra de nuevos artefactos de áreas comunes. ¿Bajo qué ley se ampara el cobro de lo indicado? Si no corresponde este cobro, ¿podemos demandar la devolución de dicho dinero?, ¿podemos entablar una demanda colectiva contra el administrador? Ayer revisé mi contrato de compra y venta y escritura: no encontré nada que tenga relación con lo indicado.
Marco Antonio
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