Devolución del mes de garantía

Señores Abogados: La consulta es la siguiente: se coloca a la venta una casa habitación que ha estado arrendada desde el año 2008, sin mayores inconvenientes, La misma persona que actualmente arrienda dicha propiedad desea comprarla, los trámites están en curso y está pronta la firma de la escritura, aún no manejamos la fecha del pago, por parte del Banco, ya que es un hipotecario, ante esta situación, la duda es, si cabe la devolución del mes de garantía al momento de realizarse dicha venta y si es así, al devolverlo, ¿se entrega el valor real que fue pagado en el año 2008 o es necesario agregar el incremento del IPC acumulado de los últimos 5 años para su devolución?

Agradezco la buena acogida y su pronta respuesta.

Patricia Acevedo




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