Duda sobre feriado irrenunciable
Mi consulta es la siguiente, yo trabajo en bodega y con un sistema de turno rotativo en el cual tengo todos los domingos libres más un día libre en la semana (ejemplo: semana 1 día lunes, semana 2 día martes, semana 3 día miércoles y así hasta cubrir de lunes a sábado).
Si mi día libre por ser rotativo cae el lunes 1 de mayo, que es un día feriado irrenunciable. Lo mismo me paso el día del censo nacional, justo me toco libre y no me dieron otro día y hablando con algunos compañeros en la misma situación, decidí consultar en este portal lo siguiente.
- ¿Es legal dar libre ese día aunque sea irrenunciable?
- ¿Se puede contar como día libre o debe ser un día hábil de la semana
- ¿Deben darme otro día libre en la semana que no sea 1 de mayo?
De antemano Muchas gracias, es un tema que vivimos 5 compañeros que nos toco libre por planilla el primero de mayo de este año 2017.
Juan Carlos
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