En Dicom desde el 2007 por deuda con casa comercial

Se me hizo imposible pagar, por lo que ellos, actualizaron la deuda al 31/12/2015.
No me presenté a «confesar deuda» como pidieron, en julio del presente año, por tanto, el 30/agosto dieron, por medio del artículo 435 del Código de Procedimiento Civil, confesada la deuda, por resolución ejecutoriada.

Hoy, por segunda vez, intentan descerrajar mi puerta. Digo intentan porque no pudieron abrir, quedando nuevamente en mal estado, al punto que ni yo puedo abrir para salir, cómo la vez anterior. Sólo que, creí que había sido un ladrón, intentando entrar. La primera vez. Después de tantos años, pueden activar, descerrajar y embargar?
Con los años, mi vida económica va cada día peor. Hoy, con 65 años y un montepío, simplemente imposible pagar, ni siquiera repactando.
Empezaron a dejar papeles bajo la puerta este año (julio), antes, ni los primeros años. La verdad, aún estoy temblorosa, sentir el ruido en la chapas (2) y rogar porque no pudieran abrir.
Qué puedo hacer?

Francisca




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