¿Existe un período legal en el cuál uno puede desistir de un contrato?

Resulta que hace poco tiempo se firmo un contrato de arriendo para un Stand en un Evento, el cuál se va a realizar entre el Sábado 6 y Domingo 7 de Diciembre.

Lamentablemente no podremos asistir al evento por causas de fuerza mayor, por lo que solicitamos la cancelación del contrato y devolución del importe pagado para el Stand.

Respondieron a nuestra solicitud indicándonos que no pueden devolver el importe puesto que ellos ya lo usaron para cubrir un gasto del evento que aún no se realiza.

Además, en el contrato de arriendo no se encuentra ninguna cláusula explicita de rescisión, excepto esta:

«SEXTO: RESPONSABILIDAD Y LEGALIDAD.
El incumplimiento de cualquier cláusula dentro de este contrato faculta a la parte afectada a exigir indemnizaciones y proseguir con demandas, de acuerdo a lo que estime conveniente. «.

Entendemos que existe un período legal en el cuál uno puede desistir de un contrato de este tipo, por eso preferimos comunicarnos con casi 2 meses de anticipación.

  • ¿Que podemos hacer en caso que se nieguen a cancelar el contrato y a devolver el importe?
  • ¿Es legal que puedan negarse a cancelar si no hay cláusula explicita siendo que el evento aún no se realiza?

 

Abel Saavedra




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