Expropiación articulo 2.2.4
Junto con saludarlos y esperando contar con su buena disposición quisiera hacerles una consulta con respecto a una propiedad que esta afecta a expropiación municipal. Yo me estoy comprando esta propiedad sabiendo que podrian expropiar casi todo el patio, la verdad es que esta expropiacion lleva mas de 30 años y nunca ha pasado pero puede pasar.
En el certificado de declaratoria de utilidad publica en el que aparece el trozo de expropiación (es casi todo el patio) dice :
«La Cesion de Terreno Afecto a Declaratoria de Utilidad Publica, solo se hara efectiva de acuerdo a lo establecido en el art. 2.2.4 de la ordenanza general de urbanizmo y construcciones»
Esto significa que de hacerse efectiva la expropiación no me pagarian por el terreno expropiado, tendre que pagar la construccion de veredas y cementos les consulto por que he estado tratando de informarme del art. 2.2.4 y aparece algo asi y no me queda claro.
Igual me llama la atención que esto aparesca en el certificado de no expropiacion de la Municipalidad pero no aparece en el del SERVIU
Sin otro particular y agradeciendoles de antemano su buena disposición.
César Issa
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