Fin de contrato de arriendo

Arriendo departamento en Maipú y quiero terminar contrato ya que habían aceptado nuevo reajuste de renta y ahora salen poniendo escusas el contrato se renovaba el 10 de mayo y no se ha firmado aún que puedo hacer.

Acá envió copia de contrato. Se arrienda por 130 mil pesos les subí a 140 y mal que puedo hacer puedo no renovar? No hay constancias ni nada.

  • Segundo: la propiedad que es objeto de este arrendamiento podrá ser usada por la parte arrendataria solamente con fines habitacionales.
  • Tercero: la parte arrendataria declara recibir la propiedad que toma en arrendamiento en buen estado de conservación y a su entera satisfacción, obligándose a restituirla al término del contrato en el mismo estado, habida consideración del desgaste por el tiempo y su uso legítimo.
  • Cuarto: se obliga la parte arrendataria a mantener en perfecto estado de aseo y conservación la propiedad arrendada y a reparar a su costa cualquier desperfecto que experimente en sus cielos, paredes, vidrios, pinturas, instalaciones, etc. Asimismo se compromete a pagar puntualmente las cuentas por consumos de luz eléctrica, agua potable y extracción de basura cuando corresponda, debiendo exhibir a la parte arrendadora los recibos correspondientes cada vez que esta lo requiera.
  • Quinto: las partes hacen constar que el presente contrato de arriendo comenzó a regir entre ambas el 20 de mayo de 2013 y durara hasta el 20 de mayo de 2014. El plazo del arrendamiento se entenderá prorrogado tácitamente por períodos iguales y sucesivos de doce meses sin ninguna de las partes manifestare a la otra su decisión de ponerle termino mediante aviso dado por escrito a la expiración del período que estuviera en curso con a lo menos un mes de antelación.
  • Sexto: la renta del arrendamiento será la suma de $130.000. – (ciento treinta mil pesos) mensuales que la parte arrendataria deberá pagar a la parte arrendadora por períodos anticipados el día veinte de cada mes en el mismo inmueble objeto de este arriendo. Dicha renta de arrendamiento será reajustada cada doce meses, según acuerdo entre las partes; de no existir acuerdo, el contrato finaliza en la fecha estipulada para su término o al expirar su respectiva prorroga. La falta de pago oportuno de la renta por la parte arrendataria, dará derecho a la parte arrendadora a poner término inmediato al presente contrato, sin forma de juicio con la sola notificación por carta certificada al arrendatario dirigida a su domicilio.
  • Séptimo: (mes de garantía): en garantía del cumplimiento de este contrato y de los prejuicios de cualquier especie que puedan producirse en la propiedad o en los bienes inventariados, la parte arrendataria entrega en este mismo acto a la parte arrendadora la suma equivalente a un mes de renta. Al final del arrendamiento, esta deberá devolver el valor de la garantía, o lo que restare de ella, a la parte arrendataria, debidamente reajustada en relación al valor de la renta de arrendamiento vigente a la fecha de expiración del contrato.
    La parte arrendataria no podrá en caso alguno imputar el valor de la garantía al pago de rentas de arrendamiento, a menos que la parte arrendadora le autorice expresamente para ello.
    En fe de lo cual extienden y suscriben ante mí el presente contrato en dos ejemplares del mismo tenor, quedando uno en poder de cada parte contratante

Soledad Castro




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