Incumplimiento de arriendo para uso comercial

Tengo el siguiente caso firme un contrato de arriendo por un año desde el primero de agosto de 2015, el cual se acordó verbalmente el siguiente compromiso:
En la casa se debía hacer una ampliación la cual la dueña correría con los gastos y nosotros con la mano de obra de los maestros, el cual nosotros hemos cumplido en más de un 80% de lo cancelado.

Sucede que ahora la dueña no siguió comprando materiales y ahora desconoce nuestro acuerdo y la devolución de dinero de algunos materiales que nosotros tuvimos que incurrir para vivir de una forma digna.

Ahora nos llama la hija y no dice que por la diferencia de dinero debemos tomarnos el mes de octubre y noviembre y luego hacer abandono del domicilio. Me gustaría saber ¿puedo hacer uso del año de contrato ya establecido?

Y puedo recuperar el dinero que yo ya les he cancelado a los maestros ya que lo cancele por adelantado por un trabajo que no se realizo por falta de materiales que era el compromiso de la otra parte.

Marco C.




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