La inmobiliaria no cumple con el plazo de entrega del departamento

Necesito saber qué puedo hacer porque compre un depto en julio  y tenían que entregarlo en junio de este año. Se retrasó (como todo proyecto) pero ahora no me lo quieren entregar hasta que esté todo pagado (porque tengo subsidio) y eso no está escrito en ningún lugar de la escritura que firmamos ambas partes.

La respuesta de la inmobiliaria es la siguiente:
«Junto con saludar, comento que cuando usted compro se informa que las condiciones que aparecían tanto en la Reserva (adjunta) como en la promesa, y enfatizo en la entrega de las propiedades una vez inscritas en el CBRS y todo cancelado.
En cuánto a la referencia de la escritura, claro que dice eso ya que es una pago contado el que usted entrego y se recibió conforme, pero no habla de que el ahorro y subsidio que aún no se encuentran cancelados y se les otorga poder a la parte vendedora para hacer los cobros de dichos documentos, debido a la falta de Escritura inscrita no podemos aún hacer cobro y son requerimientos establecidos por el MINISTERIO DE LA VIVIENDA Y URBANISMO.

  •  Con la suma equivalente en pesos, moneda legal, a la cantidad de doscientas cuarenta coma setenta y tres Unidades de Fomento, por su valor al día de hoy, que el Comprador pagó con anterioridad a este acto, al contado a la Vendedora, y declaró haberlo recibido a su entera satisfacción y conformidad;
  •   Con la suma equivalente en pesos, moneda legal, a la cantidad de xxxxxxxx Unidades de Fomento, por su valor al día de hoy, que el Comprador paga en este acto, al contado a la Vendedora, y a su entera satisfacción y conformidad;
  • Con el equivalente en pesos de xxx Unidades de Fomento, por su valor a la fecha del presente contrato, cantidad que corresponde a la cuota de Ahorro Previo proveniente del ahorro enterado por el comprador en su Cuenta de Ahorro a Plazo para la Vivienda número xxx, abierta en el Banco Estado de Chile. El Comprador faculta expresa he irrevocablemente a la Vendedora para que en su nombre y representación gire y perciba de su cuenta de ahorro antes indicada, el equivalente a xxxx Unidades de Fomento, según el valor de éstas al día de su giro; y
  •  Con el equivalente en pesos de doscientas Unidades de Fomento, por su valor a la fecha del presente contrato, cantidad a la que asciende el monto del Certificado de Subsidio Habitacional Serie xxxx Número xxxxx, que el comprador entrega debidamente endosado a la orden de la Vendedora para que le sea pagado su monto directamente por el SERVIU conforme al valor que tengan las Unidades de Fomento a la fecha de su pago efectivo, y cumpliendo los requisitos exigidos por el Decreto Supremo número uno del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.

Las partes dejan constancia que para él sólo efecto de la presente compraventa, han valorizado cada uno de los inmuebles como sigue:

  • El departamento en la cantidad de mil novecientas sesenta Unidades de Fomento;
  • La Bodega en la cantidad de cuarenta Unidades de Fomento. La Vendedora declara haber recibido la totalidad del precio y lo declara, en consecuencia, íntegramente pagado. Las partes renuncian expresamente al ejercicio de las acciones resolutorias que pudieran emanar del presente contrato; «.

Qué puedo hacer? Este trámite puede demorar meses, estoy desesperada con esto y conozco tres personas más qeu están en las mismas condiciones que yo.

Paulina Villa




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