Partición por herencia de propiedad
En una Partición por Herencia de 4 Hermanos 2 Hombres y 2 Mujeres ,de las cuales nos encontramos los 2 hermanos Hombres vivos, Padres fallecidos en años 1980 y 1990, Hermanas fallecidas en años 1983 y 2006.-
Mi Hermano Mayor les compró los derechos de herencia a mi sobrino año 1992 (hermana fallecida año 1983) y a mi Hermana que aun se encontraba viva año 2004, esta última ?no? estaba en condiciones de salud para efectuar este tipo de contrato ya que se encontraba con una pensión de invalidez por problemas mentales (estoy solicitando un certificado de la resolución en el IPS.).
La consulta es si está correcto este tipo de compra si la resolución por Posesión efectiva fue solicitada por el Suscrito el día 08 de Septiembre del 2005.
Si a la fecha no estamos de acuerdo en el procedimiento utilizado por mi Hermano ya que està solicitando las tres cuartas partes de la partición .
¿Que debo hacer para continuar con el proceso? Favor responder a lo solicitado
Héctor
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