Pensión no pagada por incrementos del IPC

En el 2007 me separé de la madre de mi hija y en el 2009 nos divorciamos. En diciembre del 2010 firmamos un acuerdo que posteriormente fue aprobado por los tribunales por el concepto del pago de alimentos y visitas.

Hace poco, la madre de mi hija me informó que tengo una deuda pendiente debido al incremento según el IPC. Sin embargo, mi abogada en el 2010 no me informó de esta obligación al momento de firmar el acuerdo, pues éste no es reajustable sino que fija un monto en pesos chilenos.

Varias fuentes de información afirman que existen circunstancias en las que el alimentante tiene la obligación de aumentar según el IPC. Ahora más de cinco años después, tengo la duda si no he estado cumpliendo con mis deberes hacía mi hija.

Dos cláusulas del acuerdo estipulan:

  •  “Que el padre se compromete a otorgar por concepto de pensión, en favor de la menor ya individualizada, en dinero efectivo, no reajustables hasta el mes de mayo de 2011. ”.
  • “Que por este acto las partes comprometen a evaluar el monto precedentemente pactado en el mes de mayo del año 2011, siempre que las circunstancias y capacidad económica del alimentante haya variado favorablemente, sin perjuicio de los derechos que le asisten a ambas partes para solicitar lo que en derecho corresponda. ”.

Además, según lo que entiendo la ley estipula que el padre no puede ser obligado a pagar más del 50% de sus ingresos, pero soy independiente y durante los años 2011,2012,2013 y 2014 cumplí con el acuerdo a pesar de que la pensión alimenticia correspondía a más del 50% de mis ingresos.

Desde el año pasado mi situación económica mejoró y en el 2015 mis ingresos aumentaron y ahora la pensión fijada en el acuerdo firmado en el 2010 es menos del 50% de mis ingresos y parece que voy a terminar el primer semestre de este año en una situación similar.

Por lo tanto, mi consulta es la siguiente: Según la ley vigente y la cláusula del acuerdo que firmamos, ¿tengo una deuda acumulada?, en caso afirmativo, ¿Cómo puedo calcular la cantidad adeudada?

Nicolás Lopéz




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