Período de gracia para entregar una casa arrendada durante 5 años

Mi contrato de arrendamiento cumple el día 15 de mayo, la antigüedad es de 5 años (desde el 15 de mayo de 2009) y no debo no hay deudas pendientes. El inmueble está en la ciudad de Santiago de Chile.

El dueño de la casa me avisó por carta certificada en marzo 2014 de que no iba a renovar el contrato del 15 de mayo de 2014. Tengo entendido que por la antigüedad del contrato, la ley me otorga el derecho a un período de gracia de un mes por cada año de contrato.

Tengo hijos menores, en el colegio y no he encontrado aún casa para poderme cambiar. ¿Pueden echarme o me puedo acoger a este período legal? Hoy he intentado pagar el mes actual y, a pesar de no haberse cumplido el último mes de arriendo, el dueño me ha devuelto del depósito del banco.

¿Debo dejar constancia notarial o depositar el monto en una notaría y notificar al arrendador?

Maria Del Mar Ballesteros Aguado




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