Posiciones efectivas y cesión de derechos
Junto con saludarlos, deseo realizar algunas consultas urgentes respecto a cesión de derechos hereditarios.
Deseo saber si es necesaria la firma de la esposa para ceder derechos herencia, es decir, dar mi parte de la herencia a otra persona.
Es posible que mi papá haya podido ceder su parte de herencia, sin contar con la aprobación o la firma de mi mamá. De ser así es legal eso y si se puede revertir o se puede hacer algo para revocar aquello.
Cabe decir que ellos estaban casados con sociedad conyugal, o sea sin separación de bienes.
Y además si mi papá murió, la parte de su herencia, la casa de mis abuelos, quedan como herencia a mi mamá y mis hermanos.
De ser positiva la respuesta, eso quiere decir que cualquiera de mis hermanos y/o mamá puede pedir la posiciones efectiva de dicha propiedad.
Rodrigo Arancibia
Califica este Artículo:




Deja una respuesta