¿Puedo cobrar boleta de honorarios en efectivo o en banco extranjero?
Mi consulta es la siguiente. Tengo clientes en España a los que tras cada trabajo les emito una boleta de honorarios. Normalmente me pagan por transferencia internacional y yo me encargo de pagar el 10% de impuestos en Chile.
La duda surge con un nuevo cliente, también de España, que me ha contratado para un trabajo pequeño. No quiero decir que no porque igual es plata, pero no es rentable si me pagan por transferencia internacional.
Ante esto me surge la duda de que yo viajo periódicamente a España por lo que quiero preguntar:
- ¿Es legal cobrar esa factura en efectivo cuando esté en España?
- ¿Sería legal que me pagaran pero en una cuenta de un banco español?
- ¿Es legal cobrar ese trabajo a través de giros con empresas tipo Western unión?
En todos los casos yo emitiría la boleta de honorarios y, por supuesto, pagaría los impuestos correspondientes en Chile (el 10%).
Pablo
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