¿Puedo cobrar garantía si el contrato venció?

Firme un contrato de compraventa en noviembre del 2015 tenía vigencia 90 días corrido, el contrato venció el 18 de febrero del 2016 ambas partes dejamos una garantía de 6.000.000 en caso de no cumplir los 90 días o desistimiento de contrato se podía cobrar en favor del diligente, el tema es que no se si será tan fácil cobrar así como así la garantía favor ayudar, si me contactan puedo enviar contrato con cláusulas al correo para que me asesoren si puedo ganar o perder.

Cláusula 4.

La Suscripción de la escritura de compraventa, se efectuara dentro de los 90 días corrido contados desde esta fecha, una vez vencido el plazo señalado sin que se hubiera suscrito el contrato de compraventa prometido, circunstancia que será certificada por el Sr. Notario, habilitara a la parte diligente a cobrar íntegramente el monto a que se hace referencia en la cláusula séptima del presente contrato.

Cláusula 7.

Si el contrato de compraventa definitivo no se otorgaré o no se suscribiere o quedaré sin efecto por desistimiento expreso de alguna de las partes, se devengara a favor de aquella diligente y en contra de la culpable, una multa o pena ascendente a dieciséis millones de pesos ($16.000.000), La cual garantizan con la entrega de sendos cheques nominativos y sin fecha girados por una parte a favor de la otra, la cual quedan en poder del Notario ante quién se otorga la presente promesa, bajo instrucciones que las partes suscriben en este acto. Dichos documentos serán entregados al Arbitro que acredite haber sido designado como tal conforme al procedimiento que más adelante se indica…

Abigail Andrade Arriagada




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