Que significa que un pagaré sea indivisible y que se puede hacer en esos casos

Mi papá tomo un crédito de consumo con el banco c****, a el lo llamaban constantemente del banco para ofrecerle este crédito por ende no nos solicitaron ningún documento, solo carnet ya que el crédito estaba aprobado por el hecho que a el le depositaban su sueldo ahí.

Tomo el crédito en diciembre estando enfermo de cáncer y la ejecutiva fue hasta nuestra casa a sacarle firma, lo vio en las condiciones que estaba y aún así dijo que no había problema ya que había un seguro de desgravamen asociado al crédito y que debía hacerse efectivo en caso de fallecimiento, nunca imaginamos que el fallecería al otro mes.

Fue todo muy rápido, el no alcanzo a pagar ninguna cuota y cuando fuimos hacer el denuncio nos pidieron ficha clínica, la cual lleve y la aseguradora resolvió no pagar por existir preexistencia. Ahora solicite copia del pagaré, lo leí y hay una cláusula que dice » todas las obligaciones que emanen de este pagaré serán solidarias para el o los suscriptores avalistas y demás obligados a su pago y serán indivisibles conforme a los artículos 1526 n°4 y 1528 del código civil.

Mi consulta es si esto se refiere a que deben cancelar esa deuda los hijos o cónyuge? Que pasa si no tenemos como pagar ese préstamo? Hay algo que se pueda hacer para no pagar eso. Mi papá no tenía bienes ya que la casa esta a nombre de mi mamá y se casaron con separación de bienes.

Karen Malhue




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