¿Quiénes tienen derecho a los fondos de un fallecido?
Tengo un sobrino que acaba de fallecer por accidente laboral, de 26 años, padre soltero de niño 5años, reconocido por él, pero el niño siempre ha vivido con la mamá. Nunca vivieron juntos como pareja, sabemos que todos los beneficios le corresponden al niño como herencia, pero la mamá tiene otro hijo como madre soltera nuevamente. ¿Existe alguna ley que nos permita asegurar el futuro del niño? ya que el va a quedar con una pensión de la mutual del trabajo, pero todo lo que reciba extra nosotros no sabemos si la mama le dará una buena administración para su futuro.
La mama del fallecido, ¿tendrá algún derecho sobre los beneficios que pudo haber dejado su hijo?, ya que actualmente ella es viuda, pero no es carga legal de él. Legalmente ¿quién o quienes deben tramitar la posesión efectiva? ¿Cuál es la documentación a presentar para dicho trámite? ¿Podemos dejar alguna clausula en los fondos por recibir? ¿Cuánto tiempo se demorara la posesión efectiva? ¿Esto se puede tramitar en cualquier región del país, Chile?
Juan
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La posesión efectiva es un trámite bastante ágil. La solicita, hablando directamente, el primero que se «aviva» Solo si se llenó bien el formulario es rápida. La documentación dependerá de los bienes que dejó la persona fallecida. Y se puede solicitar en todo Chile. Respecto al niño efectivamente es el único heredero y a la madre no le toca nada. Para proteger los bienes del menor existe la posibilidad de solicitar un curador, pero piense que una madre desea lo mejor para sus hijos, hay pocas madres que se gastarían en chubi el dinero para mantener sus hijos.