Realicé un retracto de contrato
Envié un retracto de contrato a los tres días de la firma, con carta certificada, ¿que sapa si no la reciben en al dirección?
¿Que puedo hacer para ejercer mi derecho?
Firme un contrato dentro del contexto de una charla de venta de servicio, y para incorporarme tuve que pagar con tarjeta de crédito, luego después de averiguar la empresa me di cuenta que es falso el servicio. Por está razón envié una carta certificada a la dirección correspondiente para notificar, antes de 10 días, mi pregusta es si está bien redactada y saber que pasa si se niegan a aceptar la carta.
¿Cual es mi segunda acción?
El tenor de la carta es:
Xxxxxxxx RUT xxxxxxx domiciliado en xxxxxxxx en la comuna de xxxxxx de Chile. Expresa en este documento a xxxxxxxx RUT xxxxxxx domiciliado comercial xxxxxxxxxxx en la comuna de xxxxxx en Santiago de Chile, la decisión de retractarse del contrato firmado el día xxxx de xxxx de 2014, y que en consideración que no existe ningún servicio entregado a la fecha, se pide la devolución total de valor entregado al contado y en efectivo, ya que este retracto está dentro de los plazos que estables la Ley y es presentado en el tiempo oportuno, La Ley 19955 Art, único N° 5 artículo 3° son los derechos y deberes básicos del consumidor.
Por la presente hago llegar el retracto del contrato firmado el día xxxxx de xxxxxx de 2014 en las oficinas ubicada en la dirección calle xxxxxxxx comuna de xxxxxx en Santiago de Chile.
La venta del servicio se realizó después de una charla de exposición en que se instó a decidir tomar el contrato en ese momento, ¡ya que era una oferta de ese momento!, para firmar ese contrato se debió pagar con la tarjeta de crédito MasterCard número xxxxxxxx de xxxxxx, la transacción se acredita con el Boucher número xxxxxxxxx – xxxxx, fecha xxxxxxx Hora 18: 25: 15 Terminal xxxxxx, el monto es de.
Xxxxxxxxx. – número de operación xxxxx y código de autorización es el xxxxxxx, en consecuencia se canceló al contado y en efectivo.
Disposiciones generales Párrafo 1º Los derechos y deberes del consumidor.
LEY 19955 Retracto Unilateralmente al contrato en el plazo de 10 días Art. único Nº 5.
Artículo 3º. – Son derechos y deberes básicos del consumidor.
Artículo 3º bis. – El consumidor podrá poner término LEY 19955 Unilateralmente al contrato en el plazo de 10 días Art. único Nº 5 contados desde la recepción del producto o desde la de. O. 14.07.2004 contratación del servicio y antes de la prestación del mismo, en los siguientes casos:
A) En la compra de bienes y contratación de servicios realizadas en reuniones convocadas o concertadas con dicho objetivo por el proveedor, en que el consumidor deba expresar su aceptación dentro del mismo día de la reunión.
El ejercicio de este derecho se hará valer mediante carta certificada enviada al proveedor, al domicilio que señala el contrato, expedida dentro del plazo indicado en el en el encabezamiento.
Si el consumidor ejerciera el derecho consagrado en este artículo, el proveedor estará obligado a devolverle las sumas abonadas, sin retención de gastos, a la mayor brevedad posible, Y en cualquier caso, antes de cuarenta.
Y cinco días siguientes a la comunicación del retracto.
También se entregará de vuelta en las oficinas toda la documentación entregada por la empresa.
Por lo expuesto en la presente, Solicito la anulación del contrato y la devolución del dinero entregado en efectivo.
Alejandro Canet
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