Renuncia de gananciales y derecho a recibir pensión
Necesito saber si en la renuncia de gananciales en este caso de mi abuela hacía mi abuelo que ya está fallecido, también entra la pensión de viudez que ella recibe, esto porque hizo una venta de su propiedad en favor de su hija con la que vive, y al no existir ningún bien raíz pues el que había en comunidad fue adquirido bajo el artículo 150 por mi abuela.
¿Mi abuela al efectuar la renuncia de gananciales, ella perdería su derecho a recibir la pensión de viudez o se mantendría todo tal cual, teniendo derecho a la recepción de la misma?
En este caso, si ellos estuvieron separados de hecho (no divorciados) y el bien raíz adquirido por ella fue bajo el artículo 150 porque al querer ella vender su propiedad le piden renuncia de gananciales y por parte del marido en este caso mi abuelo fallecido no hubo ningún bien en común.
Silvana Espejo
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