Ruidos molestos vs Ley de libre culto
Hice una denuncia a carabineros por ruidos molestos, por parte de una iglesia llamada El Fundamento, ubicado en calle Yumbel nº 4 de Linares, séptima región. Causa rol nº 20.650. Parte de denuncia por ruidos molestos. Nombre fiscalia: Linares. Nº del parte 1721. Institución: Carabineros de Linares. Código del delito 13027. Daño o falta 495 nº 21 código penal. Sitio del suceso: vivienda, 1º categoría asociadas a la denuncia del ministerio publico. Los ruidos molestan. Ya a estas alturas me significan trastornos al dormir, estrés y alteración del carácter. Días martes, jueves, sábados y domingo por la noche el ruido es insoportable.
¿Qué soluciones habrá al respecto? Porque la ley ampara el libre culto, pero la calidad de vida de vecinos y quienes colindan se ve completamente vulnerada por estos acontecimientos, la libre expesion esta por sobre la calidad de vida de las personas por los ruidos que estos hacen. ¿Qué pasa con los derechos y libertades fundamentales, la seguridad, el orden, salud o moral? ¿Quién protege a esas personas o ciudadanos? ¿Qué ley protege al que quiere vivir tranquilo y en paz? Por un grupo de personas de un culto o un culto provoque alteraciones como el ruido, lo que acarrea, molestias para la salud mental, emocional, física… Existe un gran vació y desamparo a el resto de una comunidad cuando se vulnera la paz y tranquilidad.
Silvia
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