Término anticipado de contrato de arriendo

Tengo contrato de plazo fijo hasta diciembre, y deseo porner termino anticipado a dicho contrato, he dado aviso al arrendador de esta situación después de la quincena, pero el me dice que debo cancelar el mes siguiente completo. Mi consulta es: que sucede si doy aviso de termino de contrato un día 20 y tengo fecha de pago los primeros 5 días de cada mes, los 30 días de aviso corren desde el 20 o desde el 1 del siguiente mes? Tendría que pagar completo el mes siguiente al aviso, o solo un proporcional hasta el día en que entregue el inmueble?

Es decir, hasta el 20 del siguiente mes. Que sucede si entrego el inmueble antes de los 30 días? Pierdo la devolución de la garantía? Es legal si cancelo solo los días que voy a estar en el inmueble, ejemplo: cancelar 10 días solamente?

Claudio




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