Término contrato de arriendo recién iniciado

Requiero información sobre el término de un contrato de arriendo.
El día 1 de Abril  firmé contrato por arriendo de un departamento en la comuna de las condes. El departamento fue previamente visitado y quedé conforme con sus características.

Al momento de habitarlo noté deficiencias, que para mi, son de importancia para habitarlo, esto es que, no puedo descansar adecuadamente ya que existe una importante transferencia de ruidos al departamento, en especifico, al dormitorio principal.

En detalle es que la losa superior transfiere todo tipo de ruidos hacía el departamento que habito, esto es, pasos, encendido de interruptores, cierre de puertas y cajones, y a la vez el subir y bajar del ascensor.

El contrato firmado establece lo siguiente respecto del plazo y término del contrato:

«TERCERO: La duración del presente contrato será de un año, a partir. Del día 01 de Abril de 2016, terminando por lo tanto, el día 31 de Marzo de 2017 y se renovará automáticamente por períodos iguales de un año. Salvo que las partes manifiesten su voluntad de ponerle término, cuestión. Que deberán comunicar al otro contratante por carta certificada con a lo menos dos meses de anticipación, al vencimiento del período inicial o de cualquiera de sus prórrogas.

En caso que el arrendatario quisiera ponerle término anticipado al Contrato, durante el primer período, tendrá que acordar con el arrendador. Cuándo podrá retirarse, y cancelar todos los meses faltantes hasta finalizar. El período, salvo que encuentre otro arrendatario que lo reemplace, en común acuerdo con el arrendador. «.

Me gustaría saber, si independiente a lo que indica el contrato, existe alguna ley que faculte para poner termino al contrato antes del plazo estipulado de manera de poder aplicarla en este caso.

Pablo Nilo




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