Término de anticipado de contrato de arriendo
El 15 de diciembre de 2010 firmé en una notaria de santiago un contrato de arriendo sobre un departamento de mi propiedad
El contrato establece el arriendo por un año renovable automáticamente por plazos iguales. También se estable que para terminar el contrato se debe dar aviso 90 días antes de la renovación automática por carta certificada.
El día 13 de noviembre el arrendatario me envió una carta certificada anunciando que el día 13 de enero dejan el Departamento
Yo les hice ver que el contrato indica que son 90 días «previos» a la fecha de renovación automática que era el 15 de Diciembre y por lo tanto me debieron avisar el día 15 de Septiembre, pues ya el 16 de septiembre el contrato quedo renovado por otro año.
Ellos no están de acuerdo y me ofrecen pagar hasta el 13 de febrero como máximo y no cobrar le mes de garantía.
Yo les ofrezco finiquitar el contrato por mutuo acuerdo en la fecha que encuentre un arrendatario de perfil económico adecuado, hoy mismo si eso ocurre.
Pero si no podemos arrendar (lo que obviamente no es fácil, por ser periodo de vacaciones), ellos deberían seguir pagando el arriendo y los gastos comunes del depto aunque hayan desocupado el lugar, hasta que se arriende y como máximo hasta el 15 de diciembre de 2013 y ellos pueden disponer de lugar todo ese tiempo.
Espero su consejo
Maria Vargas
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