Renuncia de gananciales

La renuncia de gananciales por la mujer, o sus herederos, sin existir patrimonio reservado, no es un acto prohibido por la ley. Este derecho a renunciar es un derecho absoluto que puede ejercitarse sin que sea necesaria motivación legítimamente alguna.

Puede, por consiguiente, hacerse esta renuncia aún en perjuicio de los derechos del renunciante. Se excluye cualquier posibilidad de objeto ilícito en la renuncia a los gananciales por carecer la mujer de patrimonio reservado establecido en el Art. 150 del Código Civil.

No es requisito de la renuncia de gananciales la existencia de patrimonio reservado, la que puede hacerse en la misma escritura de separación de bienes.

Corte Suprema, 21 de abril de 2003. Casación en el fondo. R.D.J., tomo C., N° 1, enero junio de 2003, Sección Primera, página 36.




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12 Comentarios en Renuncia de gananciales

  1. Bastián Dice:

    Hola mi consulta es dónde se puede pedir copia de liquidación de bienes o escritura de bienes gananciales agradezco cualquier respuesta saludos

  2. charlott Dice:

    buenos días me case bajo sociedad conyugal,obtuvimos la vivienda 2009 el subsidio de vivienda salio a mi nombre. me divorcie hace 1 año(D. unilateral)quisiera me guiaran por que quiero renunciar a los gananciales para postular nuevamente a la vivienda: pero en Serviu figura el subsidio de vivienda que salio a mi nombre,el vive en la casa que tuvimos. cuanto me sale hacer el tramite con un abogado? les agradeceré su respuesta.

  3. Paola Dice:

    La ley establece que la que debe renunciar a los gananciales es la mujer, mediante escritura pública y posterior inscripción en el conservador de bienes raíces donde se ubica el inmueble.

    Excepcionalmente, el hombre puede renunciar en la escritura cuando se señala expresamente que renuncia para postular a un subsidio de Serviu.

  4. Marjorie Arteaga Dice:

    buenas tardes…mis padres llevan mas de 15 años separados de hecho, aun no se divorcian y la casa esta a nombre de mi papá pero el fue quien hizo abandono del hogar…el hecho es q el no tiene ahora lugar fijo donde vivir y tiene 59 años, nos dijieron q debe renunciar a los gananciales para poder postular nuevamente pero no sabemos donde se hace y los pasos a seguir…agradecería mucho su orientación

  5. Benjamin valencia Dice:

    Hola mi ex gestiono el divorcio uni lateral ella esta bajo el articulo 150 tiene patrimonio reservado ahora yo quiero postular y no puedo hasta que ella aga la renuncia a los gananciales ella esta dispuesta a renunciar para que yo pueda postular pero cobran muy caro ai algun lado donde no cobren tanto por ese tramite ya que llevamos 25 años separados se puede directamente en serviu o el rejistro civil

  6. Corina Dice:

    Hola muy buenas tardes,mi madre tiene su propia casa adquirida por el serviu y es totalmente de ella pero fue adquirida dentro del matrimonio. Ellos ya se divorciaron y olvidaron mencionar la casa, mi padre quiere postular a una nueva vivienda pero le piden renunciar a los gananciales. Tengo dudas por que mi padre ha asistido donde una abogada que le dice que mi madre tiene que renunciar pero en el serviu le dicen que no, es el quien debe renunciar. Temdran la gemtileza aclarar como funciona la renuncia de los gananciales en este caso porfavor.

  7. Jorge luis robles espinoza Dice:

    Consulta.. mi mama es viuda desde el año 2006 y quiere vender la propiedad que adquirio el año 1985 que adquirio bajo el articulo 41 de la ley 18196.
    ¿puede vender directamente ella?
    ¿necesita hacer posesion efectiva si la casa esta a su nombre?

  8. Elizabeth Dice:

    Se puede hacer renuncia de gananciales sin liquidación de sociedad conyugal

  9. Elizabeth Dice:

    Puedo hacer la renuncia de gananciales si no hice la liquidación de la sociedad conyugal estoy vendiendo un departamento y me piden la renuncia de ganciales en bienes raices y lo compre bajo el artículo 41 de la ley 18196 en enero 2004

  10. Isabel aguilera Dice:

    Consulta me vendieron y una casa adquirida bajo sociedad conyugal con art 150 en favor de la esposa. Ahora no puedo inscribirla en el conservador por q me piden eso. La renuncia a los gananciales, no se donde se hace ni como.
    El marido de la vendedora murio y tienen solo una hija q es down. Como soluciono este asunto, orientenme porfavor.
    Yo compre y no medijeron nada. Solo hipotecas y gavamenes y dominio vigente y todo estaba bien por eso compre. Alguien me puede orientar. Gracias

  11. LEONARDO ORDOÑEZ Dice:

    En el caso que la mujer en sociedad conyugal se acoja en la compra de una propiedad al art. 150, cumpliendo con un trabajo independiente y remunerado. La compra establece un crédito hipotecario a 15 años, dejando la mujer de trabajar al tercer año de la firma de la escritura, pasando a ser Dueña de Casa y el marido cancela los 12 años restantes, entiendo que no se cumple lo indicado en el articulo 150: “Patrominio Reservado de la Mujer Casada: constituido por un conjunto de bienes adquiridos por la mujer, producto del ejercicio de una profesión, oficio u ocupación remunerada e independiente a la del marido; ejercida durante la vigencia del matrimonio, entendiendo como bienes: Aquellos que la mujer obtenga con su trabajo, los que adquiera producto de su trabajo, y los frutos o productos de los bienes obtenidos u adquiridos.” ¿que sucede en este caso?

  12. Flor Carrillo Vega Dice:

    Mi consulta es:

    Me case con participacion en los gananciales , en ese periodo se obtuvo la casa que en la escritura aparce como bien reservado. Me divorcie hace un año (legalmente) y ahora quiero vender mi propiedad y el » abogado » del banco donde mi comprador esta solicitando el credito pide el documento de Renuncia a los gananciales de Mi ex marido.

    Favor ayudenme , yo tenia entendido que si alguien de bia renunciar a los gananciales era yo , porque me quedaba con el patrimnio reservado.

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