Apropiación ilícita de herencia

Me imagino que las leyes deben ser muy parecidas o iguales tanto en Chile como en Argentina, y bajo ese contexto es que quiero realizar mi consulta y espero su respuesta con mucha esperanza de solucionar mi problema.

Mi actual pareja es de nacionalidad Argentina, ella reside en ese país y hace muy poco fue notificada junto a sus dos hijos menores de edad como herederos de varios bienes de un señor ex novio de mi pareja. El en una declaración notarial reconoce a mi pareja y sus dos hijos como su única familia y los dejó a ellos con casi la totalidad de sus bienes a través de un testamento. Cabe señalar que este señor tiene hijos legítimos pero no les dejó mucho.

Resulta que mi pareja pasa a ser apoderada de los bienes que heredaron los menores justamente por ser menores de edad, pero por razones de salud derivó esa responsabilidad de ser apoderado en mi.

Hoy nos enteramos que el abogado que llevó el caso de la herencia se quedó con una propiedad que el difunto no alcanzó a dejar en el testamento, pero si dejó un acta en dónde declaraba que esa propiedad también la dejaba en herencia a uno de los menores.

Este abogado mostró esa acta a mi pareja diciendo que no devolvería esa propiedad si no es a través de un procedimiento legal, el acta la mantiene este abogado en su poder negándose a entregarla. Por otro lado hoy llamaron a mi pareja desde la notaria para decirle que este abogado se habría adueñado de la totalidad de la herencia suya como lo que le tocó a los menores y que habría hecho firmar a mi pareja bajo engaño un poder fijo que creo entender no es un poder renovable para el administrar todo a su voluntad.

Mi consulta es la siguiente:

  •  puede este abogado quedarse con una propiedad en dónde no esta individualizado de ninguna forma como su dueño?
  •  Puede mi pareja como apoderada legal de los menores revocar el poder que bajo engaño hizo firmar para ser el apoderado de los menores.
  • Puede quedarse el con todo lo heredado por mi pareja y sus hijos habiendo un testamento de por medio en dónde se individualiza a cada uno y lo que les corresponde?

Les agradecería mucho su ayuda aún sabiendo que las leyes chilenas pueden ser distintas a las argentinas, pero en honor a la verdad no creo que mucho.

Juan C.




Califica este Artículo:



Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *