Deuda de persona muerta a constructora

Una empresa de cobranza A*** C*** a nombre de la empresa constructora P*** el 10 de marzo se contacta telefónicamente para avisar de una deuda que contrajo hace 4 años mi mamá quién falleció el 16 de marzo de 2012, la deuda es del 3 de enero de 2012.

La persona nos a estado cobrando y se le han cancelado honorarios y pagado una cuota de la deuda en montos de 78365 y 56305 en cuentas correspondientes a el y a la constructora, de diferentes bancos.

Ahora en estos días a estado presionando para que firmemos el acuerdo y hoy nos a estado presionando para que nos decidamos a firmar y nos cobra por un papel de escritura publica y tenemos hasta las 4 de la tarde para darle una respuesta.

Hay también irregularidades en cuánto a esto ya que ninguna de las 2 entidades a enviado una carta certificada para notificar de la deuda, solo vía telefónica, correo y wasapp, y nada más.
Mi consulta cual es el procedimiento legal que debieran seguir en contra de nosotros como se debió haber realizado el cobro es mediante reconocimiento de deuda primero y luego un juicio ejecutivo porque amenazan con rematar la propiedad sin haber realizado un juicio.

Y cual es la posición del pagaré prescribe… Lamentablemente nosotros desconocíamos la deuda y queremos pagar además cuánto nos pueden cobrar por interéses que establece la ley.

Erick Olate




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