Dudas sobre contrato de trabajo y cobertura sobre acidentes laborales
Explico mi situacion: yo actualmente soy funcionario publico armada de chile y durante mis horas libres la institucion me autoriza a efectuar trabajo lucrativos,po lo cual yo presto servicios en el area de electricidad e informatica a una empresa externa, pero poco dias atras tuve el siguiente problema.
El prevencionista de riesgos en cumplimiento de sus funciones prohibio mi entrada a realizar trabajos a esa empresa y el motivo fue el siguiente»no es posible que funcionario armada» ingrese a nuestras faenas a realizar labores por no contar con cobertura Ley accidentes del trabajo 16.744 y contrato de trabajo (Código de trabajo). Mi duda es la siguiente:
Si yo en estos momento emito boletas de honorario por trabajos realizados y soy mi propio jefe. ¿a quien le pido un contrato de trabajo? y por otro lado yo ya cuento con un seguro de accidentes laborales otorgado por mi mutual de seguros\»armada\»,pero este me cubre en accidentes producidos en mis horas laborales.¿como obtengo o tengo que hacer para cumplir con el requisito de contar con cobertura ley de accidentes del trabajo 16.744?
Quedo a la espera de una orientacion y desde ya muy agradecido.
Fernando Vera
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