Excepciones y defensas art. 197 ley propiedad industrial

Estoy contestando un procedimiento administrativo ante el instituto de la propiedad industrial, quisiera saber las posibles excepciones y defensas que puedo oponer al contestar mi demanda según el artículo 197 de ley de propiedad industrial, mi marca fue registrada antes de que el actor inscribiera la suya, me mi marca es mexicana, soy mexicano, el actor es norte americano.

Es una marca grande que se dedica al mismo ramo, y ahora quiere desaparecer todos los posibles nombres en grado de confusión con su marca, en diciembre del año dos mil ocho, solicité ante el instituto de la propiedad industrial el registro de mi marca, y en fecha noviembre de año dos mil once mi contrario y actor solicito su registro, el cual le fue concedido.

Pretendo demandarle la reivindicación en la contestación, la marca que represento es una micro empresa y mi contrario es una gran empresa que tiene presencia internacional, me demandan la nulidad administrativa de nulidad de la marca que represento.

Saul Rivera




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