Herederos de sepultura perpetua
El caso es que la sepultura tipo capilla o mauseleo de una tía abuela ya fallecida, ella y su esposo, y no tuvieron hijos. Una sobrina directa heredo todas la propiedad de mi tía, pero no se incluyo en el testamento la sepultura.
¿Tiene derecho la sobrina heredera a utilizar la sepultura o a quién ella designe? La administración del cementerio le dijo que debía comprarla nuevamente. Los restos de mi tía abuela y su esposo están sepultados ahí, y tiene espacio para dos personas más, más un espacio para reducir.
No me queda claro a lo que se refiere en los Artículos 30 y 55 del Reglamento General de Cementerios. Quiero saber si la sepultura se puede utilizar o debe como dice el cementerio comprarse nuevamente.
Los dueños de la sepultura están fallecidos, no tuvieron hijos, sólo hay familiares directos sobrinos.
Ximena
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Un comentario en Herederos de sepultura perpetua
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Mi padre dejo una sepultura la cual no fue incluida en la poseción efectiva, ya que, por un acuerdo con mis hermanas esta me concedían todos los derechos a mi, por lo cual, me entregaron el Titulo de esta sepultura.
La consulta es que documentos debo tener para efectuar el tramite de venta.
Gracias.