¿Me lo puede descontar el IPC de mi garantía?
Yo arrendaba un departamento en el centro. Por el cual di dos meses de garantía (290.000). El contrato lo firme el 3 de noviembre y fue por un monto mensual de 145.000. En enero me hizo firmar un anexo dónde me subió el arriendo a 165.000 y en marzo me reajusto según ipc a 165.440, en abril empecé a pagar los 165.440.
Yo puse fin al contrato el 30 de noviembre , pero la dueña ahora me esta descontando 95.465, por concepto de reajuste ipc arriendo… Según ella porque no me lo cobro mientras yo arrendaba. Pero si ella no me los cobro cuando debía es legal que me los este descontando ahora, existe algo que yo pueda refutar para que se me devuelva mi dinero de manera integra.
Entonces mi pregunta es si ella no me lo reajusto en estos tres años me lo puede descontar ahora de mi garantía?
Norma
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Yo estoy en el mismo dilema con el cobro retroactivo de reajuste de arriendo. Alguien sabe cual es la sentencia que prohíbe el cobro retroactivo sin ser notificado a tiempo?
Por otro lado el contrato ya es abusivo desde el inicio, legalmente la garantía no puede exceder un mes de arriendo y al momento de su devolución se debe reajustar con el IPC de todos los meses transcurridos.