Que parte me corresponde en una herencia sin testamento

Quiero saber que porcentaje le corresponde a los herederos resulta que no existe testamento y falleció mi abuelita y mi abuelito dueños de la propiedad; son tres hijos mi madre y mis dos tíos unos de ellos falleció hace dos años ,tiene tres hijos y su esposa.

Mi madre falleció el año pasado y somos tres hermanos y mi otro tío esta con vida cual es el porcentaje que le corresponde a cada uno de los herederos y a quien le corresponde parte de la propiedad cuales son los pasos para legalizar los papeles de la propiedad en el caso de que mi tío hubiera ello la posesión efectiva que paso debería seguir yo si tuviera algún porcentaje de la propiedad ¿puedo hacerle alguna demanda?.

En el caso de que mi hermana este viviendo en la propiedad puede mi tío botarla de esta si es el quien tiene la mayor parte de la propiedad. Me gustaría saber si mi tío comete algún delito o falta si hace los tramites para obtener la propiedad sin preguntarle a las otras partes y en el caso que alguien quiera vender la propiedad si una de las partes no quiere ¿se puede vender?

Luis Fernandez




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Un comentario en Que parte me corresponde en una herencia sin testamento

  1. Fabian Arriagada Dice:

    Al no existir testamento se deben seguir las reglas de la sucesion abintestato o sin testamento. Por lo que las cuotas hereditarias se repartirán en partes iguales para los herederos. Sin embargo es preciso señalar que al haber dos herederos fallecidos (siempre y cuando el fallecimiento haya sido posterior a la muerte del causante) se transmiten estos derechos hereditarios a sus descendientes. La propiedad probablemente no pertenecía a ambos por lo que usted debe precisar bien a quien pertenece la propiedad, de esa manera la posterior tramitación de la posesión efectiva podrá realizarse inscribiendo el inmueble. Los herederos en este caso son: 1/3 cada uno de los herederos. Para los herederos de los fallecidos que actuan como herederos del causante (no individualizado) la cuota de 1/3 se divide en los 3 hijos (¿tenía marido su madre? tampoco lo precisa) y el otro 1/3 corresponde a los herederos de su tío: osea los 3 hijos y la conyuge (quien lleva el doble) cada uno con la cuota correspondiente.

    En cuanto al inmueble su tío tiene todo el derecho de solicitar la partición o el cese de el uso de ese bien por su hermana ya que esa casa le corresponde a todos los herederos y no solo a su hermana. Lo mas fructífero sera que se realice el tramite de la partición a través del cual se llevara la casa a remate y se pagara cada uno según su cuota hereditaria correspondiente.

    La posesión efectiva puede realizarla cualquier heredero en beneficio del resto de los herederos inscribiendo el inmueble en favor de la comunidad hereditaria que se formara. Por lo tanto su tío no comete ningun tipo de delito, es más estará realizando un acto plenamente válido.

    Lo anterior responde la gran parte de sus dudas.

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