Reguardo de mi propiedad para que no embarguen

Le comento vivo con mi pareja ya hace 11 años de los cuales cuatro tenemos residencia en Osorno, no somos casados y en todos los aspectos tiene dirección en mi domicilio ya que yo tengo una casa la cual estoy cancelando por crédito hipotecario a mi nombre, bueno el por cuentas impagas tiene orden de embargo de sus bienes el posee un auto y un camión el cual adquirió el 23 de febrero de 2016.

Consulta ese camión puedo hacer transferencia a mi nombre. Y quedara fuera de embargo.
Lo otro como el vive en mi casa pueden ir a embargar mis bienes como yo justifico que lo que existe en mi domicilio en mío y no de él.
Puedo hacer yo un inventario y presentarlo en notaria y tenerlo en mi domicilio, por causalidad llegaran a embargar a mi domicilio.
Otro tiene un demanda por pensión alimenticia, la cual esta con prisión nocturna y la demandante solicito orden de embargo de sus bienes para cancelar la deuda que consiste en 370.000. – eso lo pueden hacer luego de que el cumpla con su reclusión nocturna.

El puede solicitar a US cancelar este monto en cuotas para poder seguir cancelando la pensión correspondiente a marzo y subsiguientes, ya que el se encuentra cesante y con enfermedad de cáncer leucemia mieloide crónica.

Marcela Catalan




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