Remate de casa por no pago de dividendos
Se ha rematado mi casa por no pago de dividendos, debido a no pago de los arriendos de la persona que vivía en mi casa y que a la fecha no ha pagado. Pero el banco me dice que queda una deuda por pagar y que debo continuar cancelando por el valor total de una «cuantía» asignada al valor de crédito hipotecario. Un abogado me explica que existe una ley de la SBIF, que exenta de todo pago posterior al del remate, entendiendo que con el valor de remate el banco se hace pagadero del bien.
Para ello debo pedir un certificado al juzgado y llevarlo al banco para acreditar que la casa se remató y con eso el banco se cancela de todo compromiso. A su vez con este certificado del juzgado lo puedo llevar a la cámara de comercio y salir de dicom. ¿Qué pasos puedo seguir si ya la casa está rematada para quedar libre de posteriores pagos? ¿y qué hacer con la persona que no pago los arriendos? ¿Este detalle antes mencionado es real como me lo explicaron?
Cristian
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