Renuncia de gananciales para herencia de vivienda
Nuestra Madre fallecida el 26-2, compro un vivienda en el 28-4-1978 bajo el artículo 150 del Código Civil. Sus Herederos hicimos la posesión efectiva y al inscribir la propiedad en el CBRS, este nos rechaza la inscripción porque mi madre no hizo la posesión efectiva al fallecer mi padre el 5 de Abril de 1991 con quién estaba casada bajo régimen de sociedad conyugal, por lo anterior el CBRS solicita hacer escritura de renuncia de gananciales.
Mi hermana próxima a cumplir setenta años y yo de 64 años no tenemos recursos económicos para pagar un abogado que nos redacte la escritura; ustedes podrían ayudarnos con una Escritura tipo en la cual mi hermana y yo hacemos renuncia de los gananciales por el artículo 150, legalizarla en notaria y presentarla en el CBRS.
Carlos Meneses
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